‘Progresistas’ no contará con personería jurídica y no participará en la consulta del Pacto Histórico

La tutela presentada para obtener la personería jurídica del movimiento ‘Progresistas’ fue rechazada. Conozca el fallo del tribunal.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la tutela presentada por los representantes David Racero y Heráclito Landínez contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), mediante la cual buscaban obtener la personería jurídica del movimiento Progresistas y avalar su fusión con el Pacto Histórico de cara a las elecciones de 2026.

El tribunal argumentó que los demandantes cuentan con otros recursos judiciales para impugnar la decisión del CNE y que, de hecho, ya existe un recurso de reposición en trámite.

Entre las solicitudes de Racero y Landínez estaba la protección de sus derechos políticos, como el derecho a elegir y ser elegidos, así como el respeto al debido proceso, ya que aseguraban que la negativa les impedía participar en las consultas del Pacto previstas para el 26 de octubre.

Frente a esta situación, el tribunal desestimó el argumento de perjuicio irreparable presentado por los representantes, quienes sostenían que la condición impuesta por el CNE impediría al movimiento Progresistas participar en las consultas internas y demás etapas del calendario electoral de 2025.

El tribunal constató que el plazo para manifestar la intención de participar en esas consultas venció el 26 de julio de 2025, momento en el que la colectividad aún no contaba con su personería jurídica; por lo tanto, no se puede considerar que exista un daño presente o irreparable.


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