Nuevo requisito protege al conductor: ya no pueden inspeccionarlo sin justificación

La nueva medida representa un respiro para los conductores, quienes veían en estas acciones un posible “abuso de autoridad”, ya que ahora podrán negarse a ciertos procedimientos de tránsito.

En Colombia, la circulación de vehículos está regulada por el Código Nacional de Tránsito Terrestre, norma que también define las funciones de las autoridades en las vías. No obstante, en tiempos recientes, un procedimiento en particular ha generado inquietud entre los conductores.

Se trata de las inspecciones vehiculares que realizan los agentes de tránsito. Aunque son comunes, existe una regla que podría impedir que estas se lleven a cabo: si el conductor no apaga el motor del vehículo, los agentes no pueden realizar la inspección.

Este lineamiento, que se suma a lo establecido en la Ley 769 de 2002, se ha convertido en un elemento clave en los operativos de control en carretera. Anteriormente, era usual que los uniformados pidieran abrir el capó o realizar revisiones técnicas rápidas con el motor en marcha. Sin embargo, esta práctica ahora está prohibida debido a los riesgos que representa para la seguridad de los presentes. Como resultado, la actuación de las autoridades se ha visto limitada bajo este nuevo protocolo.

Inspección vehicular y lo que dice el artículo 122 del Código

Esta medida guarda relación con el artículo 122 del Código Nacional de Tránsito, que regula las inspecciones técnicas enfocadas en controlar emisiones contaminantes y niveles de ruido. Según esta norma, los agentes de tránsito no están autorizados a inmovilizar el vehículo por cuenta propia. En su lugar, deben entregar una citación para que el conductor acuda a un centro de diagnóstico automotor en un plazo de 15 días.

La normativa actual va más allá y establece una condición adicional: si el motor del vehículo no ha sido apagado, no se puede llevar a cabo ningún tipo de inspección técnica en el punto de control.

La nueva disposición brinda mayor tranquilidad a los conductores, quienes ahora tienen el derecho de negarse a algunas inspecciones si estas no se ajustan a las condiciones de seguridad establecidas.

Movilidad y control: nuevos límites para la autoridad en carretera

Aunque para los agentes de tránsito esta medida representa un avance en términos de seguridad —al minimizar riesgos mecánicos y prevenir accidentes—, también restringe su capacidad de actuación durante los operativos. En la práctica, la norma favorece al conductor, exigiendo que cualquier inspección se lleve a cabo bajo condiciones claras y seguras.

Lejos de ser un simple ajuste normativo, esta disposición redefine el equilibrio entre autoridad y ciudadano en los controles viales. Si se aplica de manera rigurosa, promoverá mayor transparencia en la interacción entre conductores y agentes. Asimismo, permite que los procedimientos se enfoquen en aspectos estrictamente técnicos, dejando atrás prácticas improvisadas que, por años, generaron desconfianza y numerosas quejas.



COMPARTIR