Epa Colombia: Corte Suprema rechaza otra tutela solicitando su liberación

La Corte Suprema rechazó el recurso interpuesto por la defensa de Epa Colombia, quien fue condenada por su participación en los actos de vandalismo ocurridos en noviembre de 2019 durante las protestas.

Epa Colombia permanecerá privada de la libertad en la cárcel El Buen Pastor, luego de que la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia negara una acción de tutela interpuesta por su defensa. La influenciadora fue condenada a 5 años y 2 meses de prisión por los delitos de instigación a delinquir con fines terroristas, daño agravado en bien ajeno y perturbación del transporte público, tras destruir una estación de TransMilenio durante una protesta en 2019.

En su fallo, la Corte concluyó que no se vulneraron los derechos fundamentales alegados por la defensa, como el debido proceso, la libertad de expresión y el principio de legalidad penal.

El tribunal también reafirmó que la conducta de la condenada, difundida ampliamente en redes sociales —donde contaba con más de cuatro millones de seguidores—, tenía el potencial de incitar a la violencia, generar temor entre la ciudadanía y afectar gravemente el patrimonio público.

La decisión ratificó la pena de 63 meses y 15 días de cárcel, además de la prohibición para que la condenada ejerza como influenciadora o creadora de contenido en YouTube durante ese mismo tiempo. Igualmente, la Corte descartó la posibilidad de conceder beneficios como la detención domiciliaria o la suspensión condicional de la pena, considerando la gravedad de los delitos imputados.

La defensa sostuvo que no debía aplicarse el delito de instigación a delinquir con fines terroristas, ya que los hechos se produjeron antes de que entrara en vigencia la ley que modificó dicha figura penal. También argumentaron que la condenada es madre cabeza de hogar de una menor, por lo que solicitaron beneficios contemplados en normativas como la Ley 750 de 2002.

No obstante, la Corte desestimó estos planteamientos, al considerar que el juez constitucional no tiene competencia para anular decisiones tomadas por el juez penal ordinario.

Actualmente, el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas analiza un recurso presentado por el abogado Francisco Bernate, quien solicita que se conceda la prisión domiciliaria a la influenciadora, apelando a la ley de utilidad. Sin embargo, tras esta nueva negativa de la Corte Suprema, “Epa Colombia” continuará recluida en la cárcel El Buen Pastor.







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