¿De qué manera la sanción a los exlíderes de las Farc contribuye a la reparación de las víctimas?

La sentencia establece una sanción de ocho años, el máximo contemplado por la ley, que deberá cumplirse a través de trabajos, obras y actividades con propósito reparador, tanto en zonas urbanas como rurales. Esta forma de reparación está enfocada en el impacto colectivo, no en la compensación individual.

Esta semana representó un momento histórico para Colombia, tras la emisión de sentencias trascendentales por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Una de las decisiones más relevantes fue la dictada contra el antiguo secretariado de las Farc, responsabilizándolos por crímenes de guerra y de lesa humanidad relacionados con el secuestro. Esta sentencia ha sido considerada un paso clave hacia el cierre de uno de los capítulos más oscuros del conflicto armado.

En diálogo con El Radar de Blu Radio, el magistrado Camilo Andrés Suárez, integrante del Tribunal para la Paz y uno de los redactores de la sentencia, subrayó la importancia de este fallo.

El magistrado declaró: “Considero que este es un momento sumamente importante, trascendental e histórico para el país, ya que fortalece uno de los pilares fundamentales del acuerdo final de paz”.

Además, destacó que este sistema judicial pone a las víctimas en el centro del proceso, dándoles visibilidad y reconocimiento. Su objetivo principal es “restaurar y reparar el daño causado”, atribuyendo responsabilidad penal por los 13 crímenes internacionales contemplados.

La sentencia establece una sanción de ocho años, el máximo permitido por la ley, que se cumplirá mediante trabajos, obras y actividades con un enfoque reparador tanto en áreas urbanas como rurales. Esta reparación está orientada a generar un impacto colectivo, más que una compensación individual.

Suárez explicó que las actividades se centrarán en cuatro áreas principales de reparación: apoyar la búsqueda de personas desaparecidas, preservar la memoria de las víctimas, colaborar en el desminado humanitario para fomentar el desarrollo y la paz, y proteger el medio ambiente, reparando los daños ocasionados por el conflicto.

La sanción impuesta consta de dos partes: una reparadora y otra que limita ciertos derechos. Esta última no implica prisión, sino restricciones en la movilidad y en la permanencia dentro de un territorio determinado por el Tribunal.

El seguimiento será constante y riguroso durante los ocho años que dure la sanción. Según Suárez, “estas limitaciones incluyen restricciones para habitar y desplazarse”, por lo que cualquier movimiento deberá contar con la autorización previa del Tribunal.

En cuanto a la participación política de ciertos comparecientes, la JEP aclara que el cumplimiento de la sanción tiene prioridad y prevalece sobre el ejercicio de actividades políticas.

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