Procurador aclara sobre actas de extras en pensional: “Aportan transparencia, pero no son obligatorias”

El titular del Ministerio Público aclaró que, si bien las actas no contaban con aprobación en un principio, la plenaria de la Cámara corrigió esa omisión el pasado 26 de agosto de 2025.

El procurador Gregorio Eljach emitió un concepto dirigido al presidente de la Cámara de Representantes, Julián López, en el que se pronuncia sobre la interpretación constitucional del trámite de aprobación de actas legislativas, en particular las correspondientes a las sesiones extraordinarias del 27 y 28 de junio de 2025.

En las últimas semanas, las actas de dichas sesiones se han convertido en el centro del debate sobre la reforma pensional. La Corte Constitucional —específicamente el despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez— solicitó estos documentos, junto con otras pruebas, como parte del análisis de la demanda que busca anular uno de los proyectos clave del Gobierno del presidente Gustavo Petro.

Esta situación ha generado tensiones entre el Ejecutivo y el magistrado Ibáñez, quien ha sido blanco de críticas y señalamientos, algunos acusándolo de intentar “engavetar” la reforma pensional. Sin embargo, lo cierto es que la Corte no puede pronunciarse de fondo sobre un posible vicio en el trámite legislativo si no cuenta con todas las pruebas requeridas.

En relación con dichas actas, el procurador Eljach precisó que, si bien representan un mecanismo de transparencia y dejan registro histórico de lo acontecido en las sesiones, no constituyen un requisito esencial para la validez del trámite legislativo.

“No obstante, es importante señalar que, aunque las actas cumplen una función de dar fe pública sobre lo ocurrido en el Congreso, la Corte Constitucional ha admitido que el trámite legislativo puede, en ciertos casos, acreditarse por otros medios, especialmente dentro del ejercicio del control de constitucionalidad”, indica el concepto.

En su pronunciamiento, la Procuraduría también hace referencia a un fallo de la Corte Constitucional del año 2018. En la Sentencia C-084 de ese año, el alto tribunal dejó claro que la aprobación de las actas de las sesiones no constituye, en sentido estricto, un requisito del trámite legislativo.

El procurador general recordó además que, aunque en un principio las actas no contaban con aprobación formal, esta situación fue corregida por la plenaria de la Cámara el pasado 26 de agosto de 2025.

El acta correspondiente al 27 de junio fue aprobada con 72 votos a favor y 4 en contra, mientras que la del 28 de junio recibió 106 votos favorables y solo uno en contra, cumpliendo en ambos casos con el quórum decisorio y las mayorías simples exigidas por la Ley 5 de 1992, según explicó el procurador Gregorio Eljach.

“Por lo tanto, para la Procuraduría General de la Nación resulta evidente que, conforme a lo establecido en el Acta No. 266 —relativa a la sesión del 26 de agosto y publicada en la Gaceta del Congreso No. 1676 del 11 de septiembre de 2025—, la aprobación de las actas No. 256 y 257, correspondientes a las sesiones del 27 y 28 de junio de 2025, se realizó cumpliendo con los requisitos de quórum y mayorías establecidos para ese procedimiento”, señala el concepto.

Además, el procurador expone en su análisis los fundamentos sobre la función que cumplen las actas en las sesiones extraordinarias y el posible impacto que su existencia —o ausencia— tendría en la revisión de la reforma pensional por parte de la Corte Constitucional.

“En cualquier caso, y conforme a los argumentos expuestos, reitero que las actas cumplen un papel de transparencia y dan fe pública, pero, tal como lo ha señalado la propia Corte Constitucional, se consideran actos internos del Congreso. Por esta razón, incluso si existiera alguna irregularidad en su aprobación, esta no tendría la capacidad de afectar la validez de la Ley 2381 de 2024. Las actas no constituyen parte del trámite legislativo en sentido estricto, sino que funcionan como elementos probatorios”, precisó.

Al cierre de su pronunciamiento, el procurador instó a la Corte Constitucional a avanzar con celeridad en el análisis de fondo sobre la subsanación del posible vicio legislativo.

“La Ley 2381 de 2024 debió entrar en vigor hace más de dos meses, y su demora ha tenido un impacto directo en millones de colombianos que hoy enfrentan condiciones laborales precarias y limitaciones económicas”, concluyó Gregorio Eljach.


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