Presidente de la Corte critica la paz total: “Ha deteriorado el orden público”

Corte Constitucional aprueba parcialmente la conmoción interior en el Catatumbo, pero declara inconstitucionales varias cláusulas del decreto.

Esta semana, la Corte Constitucional declaró la exequibilidad parcial del Decreto 062 de 2025, mediante el cual el Gobierno nacional decretó el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González, en el departamento del Cesar.

El tribunal respaldó la medida únicamente en lo relacionado con la intensificación de los enfrentamientos entre el ELN y otros grupos armados ilegales, los ataques contra la población civil —en particular los firmantes del acuerdo de paz con las Farc—, y la grave crisis humanitaria generada por desplazamientos forzados y confinamientos masivos. Según la Corte, estas situaciones superaron la capacidad de respuesta del Estado.

Sin embargo, el alto tribunal declaró inconstitucional el uso del estado de excepción para abordar problemas estructurales de larga data, como la presencia persistente de actores armados, los cultivos ilícitos, las fallas en la implementación del Programa Nacional Integral de Sustitución (PNIS), las carencias sociales de la población y los daños a la infraestructura energética y vial.

De hecho, Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional, justificó su salvamento de voto con fuertes críticas a la política de paz total impulsada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro.

“El magistrado Ibáñez afirmó que la política de paz total ha tenido un impacto directo y comprobable en el deterioro del orden público, no solo en el Catatumbo sino también en otras regiones del país. Según señaló, lejos de contribuir a la superación del conflicto armado, su aplicación ha tenido un efecto contrario: debilitó la presencia del Estado, permitió que los grupos armados ilegales se fortalecieran estratégicamente y agravó la inseguridad, vulnerando gravemente los derechos fundamentales de la población civil.”

Con este fallo, la Corte marca un límite claro al uso de los estados de excepción y exige al Ejecutivo concentrarse en el fortalecimiento de la fuerza pública, la atención integral a las víctimas y la garantía de los derechos fundamentales en las zonas más golpeadas por la violencia.


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