El Consejo de Estado determinó que el CNE incurrió en falsa motivación al afirmar que los senadores Guido Echeverri, Jairo Castellanos y Gustavo Hurtado eran militantes de En Marcha cuando fueron postulados para las elecciones legislativas de 2022.

El Consejo de Estado anuló el acto administrativo del Consejo Nacional Electoral (CNE) que había otorgado personería jurídica al movimiento político En Marcha, liderado por el exministro del Interior Juan Fernando Cristo, en cumplimiento de una orden de la Corte Constitucional que exigía emitir una sentencia de reemplazo.
La decisión fue adoptada por la Sección Quinta del alto tribunal, que declaró la nulidad de las resoluciones 5527 del 15 de diciembre de 2022 y 1929 del 8 de marzo de 2023, emitidas por el CNE. A través de estos actos, se le había concedido personería jurídica a En Marcha y se había ordenado su inclusión en el Registro Único de Partidos y Movimientos Políticos.
La Corte Constitucional, en una sentencia de revisión de tutela, concluyó que —a diferencia de lo afirmado inicialmente por la Sección Quinta— contar con personería jurídica no era un requisito indispensable para conformar coaliciones políticas. En consecuencia, el alto tribunal constitucional ordenó emitir un nuevo fallo que analizara, bajo ese enfoque, las pruebas relacionadas con la trayectoria política del movimiento En Marcha y su participación electoral, incluyendo la postulación de candidatos mediante avales de otras colectividades.
La Sala concluyó que, aunque conforme al criterio establecido en la sentencia de unificación que se acató, es posible considerar que la agrupación En Marcha hizo parte de la coalición Alianza Verde Centro Esperanza como muestra de afinidad programática con los partidos que la integran, dicha participación no implica, como lo pretendían tanto la organización política como el Consejo Nacional Electoral (CNE), que deba otorgársele personería jurídica.
Tras una evaluación integral del material probatorio aportado en el proceso, se determinó que En Marcha no presentó candidatos propios al Congreso de la República, lo cual limita su reconocimiento legal como partido político.
Asimismo, el Consejo de Estado concluyó que el CNE incurrió en falsa motivación al afirmar que los senadores Guido Echeverri Piedrahita, Jairo Alfonso Castellanos y Gustavo Adolfo Moreno Hurtado eran militantes de En Marcha al momento de ser postulados como candidatos en las elecciones legislativas de 2022.