Condena a Álvaro Uribe: el porqué de su arresto domiciliario en lugar de prisión

El exfiscal Alfonso Gómez Méndez examina la condena de Álvaro Uribe, sus consecuencias legales y las contradicciones del sistema penal que el propio expresidente promovió.

La reciente condena contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, emitida por la juez 44 de Conocimiento de Bogotá, ha sacudido los cimientos del panorama jurídico y político en Colombia.

El fallo, que le impone una pena de 12 años de detención domiciliaria, representa un hecho sin precedentes en la historia del país, tanto por la figura implicada como por el prolongado y controvertido proceso judicial que lo antecede.

Para profundizar en el significado de esta decisión, El Radar conversó con Alfonso Gómez Méndez, ex fiscal general, exministro de Justicia y una de las voces más autorizadas en el ámbito jurídico colombiano.

Si bien muchos consideran este caso como la primera condena contra un expresidente, Alfonso Gómez Méndez aclara que esa afirmación es solo parcialmente cierta: “Los hechos por los cuales fue condenado Álvaro Uribe ocurrieron cuando ya no ejercía la Presidencia, sino como senador. El fuero presidencial solo aplica a actos cometidos durante el ejercicio del cargo. Este no fue el caso”.

¿Por qué se ordenó la detención domiciliaria?

La decisión de la juez Sandra Heredia de imponer casa por cárcel al expresidente Uribe ha sido uno de los aspectos más debatidos del fallo. De acuerdo con el ex fiscal Alfonso Gómez Méndez, la juez tenía tres opciones: enviarlo a prisión, concederle detención domiciliaria o permitirle enfrentar el proceso en libertad.

Aunque la ley le concede al juez cierta discrecionalidad en estos casos, Gómez Méndez considera que era posible dejar a Uribe en libertad mientras se resolvían las apelaciones. “No parecía haber un riesgo real de fuga ni de interferencia en el proceso judicial”, señaló.

No obstante, la juez sostuvo que la defensa del expresidente recurrió a tácticas dilatorias y que su proyección internacional podría facilitar una posible fuga. Para el exfiscal Gómez Méndez, aunque estos argumentos entran dentro del margen de interpretación judicial, podrían considerarse débiles ante una instancia superior.

“La ley establece como requisitos el riesgo de fuga o la posibilidad de obstruir la justicia. Y en este caso, ya se ha agotado el recaudo probatorio”, explicó el abogado.

¿Una sentencia con tintes políticos?

Otro punto que ha generado controversia es el tono adoptado por la juez durante las audiencias. Entre sus declaraciones, afirmó que “nadie está por encima de la ley” y cuestionó la actitud de los hijos del expresidente Uribe, señalando una supuesta falta de gallardía.

Al respecto, Alfonso Gómez Méndez, con la mesura que lo caracteriza, fue enfático: Lo ideal es que un juez se concentre exclusivamente en el análisis jurídico y probatorio. Comentarios de ese tipo pueden dar lugar a interpretaciones políticas y restan solidez al fundamento de la decisión”.

Una sentencia de 1.144 páginas

La extensión del fallo también ha sido objeto de comentario: 1.144 páginas que, más allá de su volumen, reflejan una notable paradoja histórica. Alfonso Gómez Méndez recordó que fue precisamente durante el Gobierno de Álvaro Uribe cuando se promovió la reforma constitucional que dio origen al sistema penal acusatorio en Colombia, basado en el modelo estadounidense.

La ironía, según el ex fiscal, salta a la vista: “Se presentó como un modelo más ágil, y sin embargo, siete años después seguimos esperando una sentencia en firme. Hoy muchos lo llaman sistema penal aplazatorio”.

La crítica de Alfonso Gómez Méndez trasciende el caso de Álvaro Uribe y pone el foco en un problema estructural del sistema judicial colombiano: “La oralidad prometía mayor agilidad, pero en la práctica solo trajo más etapas, formalismos y demoras. Este caso lo ejemplifica a la perfección”.

Con la apelación en marcha ante el Tribunal Superior de Bogotá, el tiempo apremia. El proceso prescribirá el 16 de octubre, lo que deja a los tres magistrados a cargo poco más de dos meses para estudiar un expediente extenso, con abundante material probatorio, incluyendo documentos, testimonios y grabaciones. Gómez Méndez se mostró confiado en la seriedad del tribunal: “Son jueces de carrera, con experiencia. Seguramente pedirán exclusión de reparto para concentrarse de lleno en este caso”.

El ex fiscal también señaló una paradoja: el propio Uribe ha declarado que no quiere que el proceso prescriba. “Dijo que renunciaría a esa posibilidad. Habrá que ver si mantiene esa postura si llega el momento”.

Lo que sigue: tribunal, casación y posible revisión constitucional

Como explicó Alfonso Gómez Méndez, la sentencia de primera instancia está lejos de ser definitiva. Tras la apelación ante el Tribunal Superior, aún queda la opción de presentar un recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia y, eventualmente, una revisión por parte de la Corte Constitucional mediante una acción de tutela.

Esto significa que el proceso podría extenderse por varios años más.

Uno de los temas centrales que deberá resolver el Tribunal está vinculado al uso de pruebas consideradas presuntamente ilícitas. “Este es un aspecto crucial. En ocasiones anteriores, se han excluido pruebas ilícitas y, pese a ello, se han emitido condenas cuando existen otros elementos probatorios legítimos”, señaló el exministro de Justicia.


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